Coto Micológico

INFORMACIÓN DE INTERÉS:

SEGÚN LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE APROVECHAMIENTOS MICOLÓGICOS EN EL TÉRMINO  MUNICIPAL DE NOGUERUELAS  de 11 de Noviembre de 2016 para la recolección de setas se deberá estar en posesión de la autorización correspondiente. La autorización deberá portarse en toda la recolección junto a cualquier documento acreditativo que permita la identificación del sujeto, y deberá ser exhibida cuando para ello se le requiera por el personal autorizado.

Los PERMISOS DE DÍA  para la recogida de setas se pueden sacar en:

  • Ayuntamiento de Nogueruelas
  • Oficina de Turismo Nogueruelas
  • Carnicería  y tienda Ambrosio Baselga
  • Bar Cerrito
  • Bar  Salero
  • Hostal la Casa Grande
  • Horno – Panadería

Los PERMISOS DE TEMPORADA para la recogida de setas se pueden sacar en el Ayuntamiento y en la Oficina de Turismo.

 

PRECIOS:

PERMISO DÍA  a partir de 14 años y hasta 12 Kg/día – 5€

PERMISO DE TEMPORADA a partir de 14 años y hasta 12 Kg/día – 35€

PERMISOS COMERCIALES SÓLO VECINOS  a partir de 14 años y límite 60kg / día –

PERMISO DE TEMPORADA VECINOS Y PROPIETARIOS: a partir de 14 años y hasta 12kg/día – 3€

 

PRÁCTICAS PROHIBIDAS:

1. Está prohibido remover el suelo de forma que se altere la capa de tierra vegetal superficial y su cobertura.

2. No se permite la utilización de cualquier tipo de herramienta o utensilio que permita alzar de forma indiscriminada la hojarasca, la pinocha o cualquier cubierta de materia orgánica en descomposición existente. En el caso de recogida de hongos hipogeos (de crecimiento bajo la tierra) no incluidos en su regulación específica, el  terreno deberá quedar igual que estaba, es decir, con los agujeros que se realicen para extraer el hongo tapados con la misma tierra que previamente se hubiera extraído.

3. Los ejemplares alterados deberán dejarse en el campo por su valor para la expansión de la especie. Los demás se recolectarán con cuidado para no dañar el micelio. Las bases serán cortadas y enterradas entre hojas a fin de favorecer la expansión de la especie.

4. Los recipientes utilizados para el traslado y almacenamiento de las setas dentro de los montes de donde procedan, deberán permitir su aireación, y fundamentalmente, la caída al exterior de las esporas, salvo en el caso de recolecciones de carácter científico que podrán transportarse en recipientes herméticos.

5. Está prohibido dañar o destruir las vallas o muros de piedra existentes que delimitan las propiedades.

6. Está prohibida la recogida de setas por la noche, desde una hora antes de la puesta de sol hasta una hora después de la salida del mismo.

7. No se recolectarán ejemplares en sus primeras fases de desarrollo, salvo autorizaciones de carácter científico o didáctico- divulgativo.

8 .Se prohíbe la deposición de basura o cualquier tipo de desperdicio dentro del monte.

 


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